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¿Qué gastos puedo deducirme como autónomo en la declaración de la renta si trabajo desde casa?

¿Qué gastos puedo deducirme como autónomo en la declaración de la renta si trabajo desde casa?


La campaña de la declaración de la renta, que se inicia el 6 de abril, está a punto de comenzar, y es hora de preparar los documentos de ingresos y gastos para calcular si tenemos derecho a devolución o nos toca pagar.

Los autónomos que trabajan en casa tienen más fácil que el resultado sea positivo, ya que este año pueden deducirse los gastos de suministros (luz, agua, calefacción…) gracias a la resolución del TEAC (Tribunal Económico Administrativo) que es de obligado cumplimiento para Hacienda. Hacemos un repaso de los gastos que puede deducirse un autónomo si trabaja desde casa.

Qué gastos se puede deducir un autónomo

El trabajador autónomo que declara por estimación directa puede deducirse fiscalmente una serie de gastos en su declaración del IRPF. Los requisitos que exige Hacienda para que un gasto sea deducible son tres: que esténrelacionados con la actividad profesional que se desarrolla, que estén justificados por facturas y que estén registrados en el libro de gastos e inversiones.

Cuando el trabajador desarrolla su actividad en casa, se admite que los gastos derivados de la titularidad de la vivienda habitual, entre los que se incluye el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), la cuota de la comunidad de propietarios, la tasa de basura, las amortizaciones y los intereses de la hipoteca, sean deducibles.

La Agencia Tributaria fija un criterio objetivo para establecer la parte de estos gastos afectada por la actividad económica. Se basa en la relación de metros cuadrados destinados a la actividad con los metros cuadrados totales de la vivienda, porque considera que estos gastos son imputables en igual medida a las dos partes de la vivienda.

Los gastos de suministros también son deducibles

La novedad que aporta la resolución del TEAC es que admite la deducción de los gastos de suministroscuando el autónomo realiza la actividad en casa, si se acredita su vinculación con la obtención de los ingresos. Hasta ahora, Hacienda no aceptaba esta deducción porque consideraba que no era posible discernir los gastos particulares y los que corresponden a la actividad profesional. Es más, exigía la instalación de contadores separados de agua y luz para diferenciar el uso particular y profesional.

Ante las reclamaciones planteadas por algunos autónomos por las liquidaciones practicadas por Hacienda, los tribunales habían establecido ya un criterio diferente. En concreto, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconocía en una sentencia, la deducción de los suministros en la parte proporcional de la viviendavinculada a la actividad profesional del autónomo. De modo que, de la superficie de la vivienda dedicada a la actividad profesional en relación con la superficie total de la vivienda, se establece el porcentaje de gastos que se pueden deducir. Es decir que, si la casa mide 100 metros y se dedica una habitación de 10 metros a la actividad profesional, los gastos deducibles serían del 10% del total.

Cómo calcular los gastos deducibles en la declaración de la renta

Para calcular los gastos de suministros que se puede deducir el autónomo en la declaración de la renta, el TEAC plantea “un criterio combinado de metros cuadrados con los días laborables de la actividad y las horas en que se ejerce dicha actividad en el inmueble”. También, señala que el derecho a desgravar está también condicionado a que el contribuyente pruebe que el consumo sujeto a deducción tiene un uso para la actividad profesional.

La Agencia Tributaria también ha admitido este criterio para la determinación de los gastos de suministros fiscalmente deducibles. Reconoce que no existe una regla tan clara para discernir qué parte se usa a título privado o profesional, pero para que sean admitidos estos gastos deben estar vinculados con la obtención de ingresos y debe ser acreditado por el contribuyente. Admite el criterio combinado de metros cuadrados con los días laborales de la actividad y las horas en que se ejerce dicha actividad en el inmueble.

Así que este año al hacer la declaración  de la renta toca hacer cálculos. Si el gasto mensual en suministros es de 100 euros y se declara un porcentaje de la vivienda dedicada a la actividad profesional del 10%, los gastos serían de 10 euros. De ahí se calcula lo que corresponde a cada día de la semana se multiplicaría por 5 días laborables y 8 horas de trabajo para hacer un cálculo proporcionado. El problema es justificar las jornadas del trabajador autónomo en casa que superan con creces estos cálculos.

 

fuente: www.ennaranja.com
imagen: Bench Accounting

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